Voto de una electora en Mesa distinta de aquella en que estaba censada
Desestima el recurso del Partido Popular contra el escrutinio de Campo Yuso: permitir el voto de una electora en una Mesa distinta de aquella en cuyas listas estaba inscrita vulnera el artículo 86.2 de la LOREG, pero, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar, es un mero error sin trascendencia alguna en el resultado electoral.
También afecta a: § 17.4