Acuerdo 399/2003, de 3 de junio de 2003

AcuerdoCaso concreto

Voto por correo de un condenado a inhabilitación absoluta al que un tribunal deniega votar

Resumen

Desestima el recurso de la Agrupación de Electores Batia, que pedía computar como válido un voto por correo en Otxandio: obra en las actuaciones una resolución de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que no accede a que el ciudadano pueda votar en las elecciones de 25 de mayo de 2003, por estar condenado a inhabilitación absoluta, y, en función del acatamiento debido a las resoluciones judiciales por cualquier Administración, incluida la electoral, ha de estarse a lo resuelto por la Sala, sin que pueda admitirse el voto, sin perjuicio de lo que pudiera resolverse en sede jurisdiccional.

Epígrafe
§ 4.1 Titularidad, capacidad y privación del derecho de sufragio
Sesión
2003-06-03
Expediente
333/212

También afecta a: § 17.2 · § 14.9

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