Acuerdo 408/2003, de 3 de junio de 2003

AcuerdoCaso concreto

Anulación de la votación de una Mesa por votos supuestamente irregulares no protestados en el acta

Resumen

Desestima el recurso de Centristas de Tomiño que pedía anular la votación de una Mesa porque se dieron por válidos y se destruyeron votos con supuestas alteraciones sin permitir al apoderado formular protesta: los votos no se conservan y en el acta de escrutinio de la Mesa no consta objeción alguna, aunque sí en la del escrutinio general; la falta de constancia de la reclamación ante la Mesa, cualquiera que sea su causa, y la presunción de legitimidad de los actos de las Mesas electorales obligan a rechazar la pretensión, sin que baste la alegada negativa del derecho del apoderado a reclamar.

Epígrafe
§ 17.4 Reclamaciones, protestas y recurso ante la Junta Electoral Central
Sesión
2003-06-03
Expediente
333/181

También afecta a: § 17.1

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