Acuerdo 441/2000, de 21 de septiembre de 2000

AcuerdoCaso concreto

Cambio de nombre en la credencial de concejal ya expedida

Resumen

No ha lugar a expedir una nueva credencial por el cambio de nombre de un concejal, al haber producido ya efectos la expedida en su día, sin perjuicio de que el Ayuntamiento y la Administración electoral dejen constancia de la modificación del nombre.

Epígrafe
§ 23.7 Expedición de credenciales y trámites
Sesión
2000-09-21
Expediente
351/783

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