Retirada al azar de una papeleta de la urna antes del escrutinio de la Mesa
Estima el recurso de la coalición Extremeños y declara la nulidad de las elecciones en la Mesa única de Cordobilla de Lácara, con nueva convocatoria electoral: la retirada de la urna de una papeleta al azar antes del escrutinio, tras haber votado un elector que figuraba en el censo como votante por correo, es una grave irregularidad contraria a las garantías de transparencia y respeto a la voluntad del elector que rigen el escrutinio de las Mesas y supone una privación del derecho de sufragio del artículo 23 de la Constitución; con una diferencia de un solo voto entre el PSOE (226) y la coalición recurrente (225), pudo afectar decisivamente al resultado. En cambio, el voto de ese elector, al no constar voto doble y quedar salvaguardada la unidad de voto, sin objeción de la Mesa ni de los interventores, es una irregularidad no invalidante según doctrina reiterada.