Acuerdo 483/1996, de 20 de abril de 1999

AcuerdoCaso concreto

Reposición de un concejal tras sentencia de amparo sobre su renuncia

Resumen

Recuerda que, en sesión de 4 de febrero de 1999 y en cumplimiento, conforme al artículo 87.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, del fallo de la sentencia de amparo de 11 de noviembre de 1998, la JEC ya declaró revocada la credencial de concejala del Ayuntamiento de Cantoria expedida en ejecución de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ahora anulada, debiendo el Ayuntamiento reponer en el cargo al concejal que había renunciado y luego desistido de su renuncia.

Epígrafe
§ 23.1 Renuncia al cargo de concejal
Sesión
1999-04-20
Expediente
351/436

También afecta a: § 20.4

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