Acuerdo 505/2003, de 9 de junio de 2003

AcuerdoCaso concreto

Extemporaneidad de la reclamación contra el acto de escrutinio general

Resumen

Inadmite el recurso de Esquerra Republicana de Catalunya-Acord Municipal sobre el escrutinio general de Les Franqueses del Vallès: concluido el escrutinio el 28 de mayo, la reclamación presentada el 31 de mayo al amparo del artículo 108.2 de la LOREG era extemporánea, lo que basta para la inadmisión. Se deja constancia de que la Junta Electoral de Zona de Granollers no acordó remitir el recurso ni emplazar a las candidaturas hasta cuatro días después de su interposición.

Epígrafe
§ 17.4 Reclamaciones, protestas y recurso ante la Junta Electoral Central
Sesión
2003-06-09
Expediente
333/282

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