Acto público de un partido sobre los cien días de gobierno autonómico en período electoral
Desestima el recurso del Partido Popular y confirma el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Badajoz sobre el acto público «100 días de Gobierno» «Gobernando con hechos»: no se infringe el artículo 50.2 de la LOREG porque los partidos políticos no son poderes públicos y su actividad queda fuera del ámbito de esa prohibición; tampoco el artículo 53, pues los carteles e inserciones en prensa contratados no tienen por objeto solicitar el voto sino dar publicidad a la convocatoria de unas asambleas que no constituyen en sí mismas propaganda electoral, sino actividad propia de un partido conforme al artículo 6 de la Constitución y ejercicio de la libertad de expresión de sus miembros, sin que la presencia de altos cargos de la Comunidad Autónoma altere esa conclusión.
También afecta a: § 10.2