Acuerdo 55/2001, de 3 de mayo de 2001

AcuerdoCaso concreto

Coeficiente de tiempo de información electoral asignado a un partido en EITB

Resumen

Estima el recurso del Partido Popular y revoca los acuerdos de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco de 28 de abril de 2001 y del Consejo de Administración de EITB de 24 de abril de 2001: reconoce al partido el derecho a que el tiempo de información sobre él en los medios dependientes de EITB se ajuste al coeficiente 3 que le asignó el acuerdo del Consejo de 3 de abril de 2001 y ordena compensarle los tiempos de información de que se le haya privado mientras se aplicó el coeficiente 2.

Epígrafe
§ 11.4 Información electoral en medios públicos: proporcionalidad y neutralidad
Sesión
2001-05-03
Expediente
290/882

También afecta a: § 11.3

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