Acuerdo 553/2003, de 10 de julio de 2003

AcuerdoCaso concreto

Incompatibilidad de concejal contratado como electricista por el Ayuntamiento

Resumen

En los términos de la consulta, el concejal contratado como electricista por el Ayuntamiento incurre en la incompatibilidad prevista en el artículo 178.2.b) de la LOREG, por tratarse de personal al servicio de la Corporación Local.

Epígrafe
§ 5.4 Incompatibilidad de concejales: empleados del Ayuntamiento y de sus entes dependientes
Sesión
2003-07-10
Expediente
251/288

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