Suspensión de campaña institucional de una Consejería de la Junta de Andalucía
Estima la reclamación y ordena suspender hasta la terminación del proceso electoral la difusión de la campaña «Andalucía: un esfuerzo común por la innovación»: en los términos del apartado 2º de la Instrucción de 13 de septiembre de 1999, sobre el objeto y los límites de las campañas institucionales, la campaña no es de las previstas en el artículo 50.1 de la LOREG ni resulta imprescindible para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos.