Acuerdo 582/2011, de 6 de octubre de 2011

AcuerdoCriterio general

Aplicación de la Instrucción 2/2011 a la campaña electoral fuera del territorio nacional

Resumen

Lo dispuesto en la Instrucción 2/2011, de 24 de marzo, de la JEC, sobre interpretación del artículo 50 de la LOREG en relación con el objeto y los límites de las campañas institucionales y de los actos de inauguración realizados por los poderes públicos en período electoral, resulta también de aplicación a la campaña electoral que las entidades políticas realicen fuera del territorio nacional para las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado.

Epígrafe
§ 10.2 Campañas de logros y publicidad institucional
Sesión
2011-10-06
Expediente
293/234

También afecta a: § 10.3

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