Admisión de una iniciativa legislativa popular sobre mediación e inicio de la recogida de firmas
Trámite: se traslada a la Comisión Promotora la admisión de la iniciativa legislativa popular sobre implantación de la mediación para que proceda a la recogida de firmas conforme al artículo 7.2 y 7.3 de la Ley Orgánica 3/1984, y se comunica a la Oficina del Censo Electoral.