Artículo de opinión del Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas en una revista privada
Desestima las tres reclamaciones acumuladas contra el Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas por un artículo de opinión en una revista privada en el que recomendaba dirigir el voto hacia los partidos que «hoy por hoy pueden gobernar»: aunque es aconsejable que quien preside una entidad como el CIS mantenga en periodo electoral una actitud de respeto a la neutralidad política, la publicación en una revista privada no es subsumible en la prohibición del artículo 50.2 de la LOREG, dirigida a actos organizados o financiados, directa o indirectamente, por los poderes públicos, y se enmarca en el ejercicio de la libertad de expresión del artículo 20 de la Constitución.
También afecta a: § 10.2