Acuerdo 64/2000, de 31 de enero de 2000

AcuerdoCriterio general

Circunscripciones computables en la subvención por envío de propaganda electoral

Resumen

La subvención por «mailing» se abona en la cantidad fijada en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 18 de enero de 2000 por cada envío efectivamente realizado, con el límite máximo del número de electores de las circunscripciones en que la entidad política solicitante haya presentado candidatura, haya o no obtenido representación en todas ellas, siempre que haya obtenido grupo parlamentario en el Congreso de los Diputados o en el Senado.

Epígrafe
§ 18.3 Subvenciones electorales: requisitos y cuantía
Sesión
2000-01-31
Expediente
349/117

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