Acuerdo 656/2011, de 3 de noviembre de 2011

AcuerdoCaso concreto

Facultad de los miembros de Mesa de prescindir de las Mesas Administradas Electrónicamente

Resumen

Los Manuales para los miembros de las Mesas en que se prevé utilizar el sistema de «Mesas Administradas Electrónicamente» exponen de forma clara y suficiente su empleo y ventajas, pero no declaran expresamente la facultad de los miembros de prescindir del sistema y realizar las operaciones por el procedimiento ordinario; no siendo ya factible corregirlos, la Junta Electoral de Zona de Madrid debe hacer llegar a los miembros de esas Mesas, junto con los Manuales, una comunicación sobre dicha facultad de opción.

Epígrafe
§ 2.7 Medios informáticos en las Mesas
Sesión
2011-11-03
Expediente
330/171

También afecta a: § 2.6

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