Acuerdo 672/2011, de 3 de noviembre de 2011

AcuerdoCaso concreto

Debate bilateral y debate entre partidos con Grupo Parlamentario en el Plan de Cobertura de RTVE

Resumen

Desestima el recurso de Izquierda Unida contra el Plan de Cobertura de RTVE: conforme a la Instrucción 4/2011 y a la jurisprudencia (STS de 16 de noviembre de 2009), cabe celebrar debates electorales bilaterales siempre que se apliquen criterios compensatorios a las formaciones no invitadas que garanticen el pluralismo y la igualdad; el Plan prevé, además del debate bilateral, otro en el que podrán participar los partidos con Grupo Parlamentario propio, y el recurrente no ha formulado alegaciones sobre su situación general en el Plan, por lo que no procede pronunciarse al respecto.

Epígrafe
§ 11.5 Debates electorales en medios públicos
Sesión
2011-11-03
Expediente
293/251

También afecta a: § 11.3

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