Acuerdo 745/2011, de 1 de diciembre de 2011

AcuerdoCaso concreto

Asignación de cuatro nuevos escaños de España en el Parlamento Europeo en la legislatura 2009-2014

Resumen

En aplicación de la Disposición Adicional Única del Real Decreto 482/2009, de 3 de abril, y una vez comunicada la entrada en vigor el 1 de diciembre de 2011 del Protocolo firmado en Bruselas el 23 de junio de 2010, que atribuye a España cuatro nuevos miembros del Parlamento Europeo, la JEC asigna los escaños, sin nuevas elecciones, aplicando las reglas del artículo 216 de la LOREG a los resultados de las elecciones de 7 de junio de 2009: corresponden, por este orden, al Partido Socialista Obrero Español, al Partido Popular, a Coalición por Europa y al Partido Socialista Obrero Español. Proclama diputados electos, con efectos desde esa fecha, a los candidatos correspondientes (en un caso tras la renuncia anticipada de la candidata precedente), que deberán acatar la Constitución ante la JEC en el plazo de cinco días conforme al artículo 224.2 de la LOREG; el acuerdo se publica en el BOE.

Epígrafe
§ 21.2 Diputados al Parlamento Europeo: acatamiento de la Constitución, credenciales y vacantes
Sesión
2011-12-01
Expediente
561/45

También afecta a: § 17.5

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