Falta de conservación por las Mesas de las papeletas declaradas nulas
Desestima el recurso de Izquierda Unida que pedía anular la elección en dos Mesas de Villalgordo de Júcar por no haber conservado e incorporado al expediente las papeletas declaradas nulas, como manda el artículo 97.3 de la LOREG: los interventores de la candidatura recurrente no formularon reclamación alguna en las actas, lo que supone consentir la declaración de nulidad, y ello, unido a la presunción de legitimidad de los actos de las Mesas Electorales como integrantes de la Administración electoral, obliga a rechazar el único motivo de impugnación.
También afecta a: § 17.4