Acuerdo 8/2012, de 2 de febrero de 2012

AcuerdoCriterio general

Presidencia de la sesión de elección de Alcalde siendo candidato el Primer Teniente

Resumen

Vacante la Alcaldía, la sesión plenaria para elegir nuevo Alcalde la preside el Primer Teniente de Alcalde y, si este es candidato a la Alcaldía, el Segundo Teniente de Alcalde, conforme a la doctrina de la JEC (Acuerdo de 17 de diciembre de 2003).

Epígrafe
§ 22.4 Vacante en la Alcaldía: renuncia, fallecimiento o cese
Sesión
2012-02-02
Expediente
354/50

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