Acuerdo 81/2014, de 23 de abril de 2014

AcuerdoCaso concreto

Visita de una Diputación Provincial a una obra pública con seguimiento de prensa

Resumen

Desestima el recurso de la Diputación Provincial de Badajoz y confirma el acuerdo de la Junta Electoral Provincial: no es una «visita rutinaria» la que tuvo seguimiento en la prensa y en la que se dio cuenta de una obra pública, de la cuantía de la inversión y del plazo de inauguración, sino un acto organizado por los poderes públicos con alusiones a realizaciones o logros que vulnera el artículo 50.2 de la LOREG, sin que pueda considerarse imprescindible para el interés general o los servicios públicos conforme al apartado cuarto de la Instrucción 2/2011. El acuerdo recurrido está suficientemente motivado conforme al artículo 54 de la Ley 30/1992, y no procede examinar actuaciones de otros poderes públicos ajenas al expediente.

Epígrafe
§ 10.3 Inauguraciones y presentaciones de obras, servicios y proyectos
Sesión
2014-04-23
Expediente
293/350

También afecta a: § 10.2

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