Acuerdo 838/1999, de 3 de junio de 1999

AcuerdoCriterio general

Elección de Alcalde por vacante en fechas próximas a las elecciones locales

Resumen

Conforme al artículo 42.3 de la LOREG, el mandato de los miembros de las Corporaciones Locales termina, en todo caso, el día anterior al de la celebración de las siguientes elecciones, y durante su vigencia debe procederse a la elección de Alcalde si el cargo está vacante, aunque el fallecimiento del anterior se produzca en fechas próximas a los comicios.

Epígrafe
§ 22.4 Vacante en la Alcaldía: renuncia, fallecimiento o cese
Sesión
1999-06-03
Expediente
351/668

También afecta a: § 22.6

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