Instrucción 2/2016, de 19 de mayo de 2016

InstrucciónCriterio general

Distribución de espacios gratuitos en medios públicos en las elecciones generales de junio de 2016

Título oficial: sobre distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de comunicación de titularidad pública y delegación de competencias en las Juntas Electorales Provinciales en relación con las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado que se celebrarán el 26 de junio de 2016

Resumen

Regula la distribución de los espacios gratuitos de propaganda en los medios públicos para las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado de 26 de junio de 2016. La JEC distribuye los de la programación nacional de los medios estatales conforme a los resultados de las anteriores elecciones al Congreso y a propuesta de la Comisión del artículo 65.2 de la LOREG, integrada por un representante de cada partido, federación o coalición concurrente con representación en el Congreso; el partido que concurra por sí solo en unas circunscripciones y en coalición en otras tiene un solo representante. Delega en las Juntas Electorales Provinciales y en las de Ceuta y Melilla la distribución en las programaciones regionales de los medios estatales y en otros medios públicos de ámbito similar, atendiendo, conforme al artículo 63.1, a los resultados de las precedentes elecciones al Congreso en el ámbito de difusión del medio; si la programación supera el ámbito provincial, la delegación se entiende hecha a la Junta Provincial donde radique el medio o el centro emisor.

Epígrafe
§ 11.1 Espacios gratuitos: derecho y criterios de distribución
Sesión
2016-05-19
BOE
BOE núm. 125, de 24 de mayo de 2016
Expediente
210/19
Figura como acuerdo
94/2016

También afecta a: § 11.2

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