Instrucción 5/2015, de 11 de noviembre de 2015

InstrucciónCriterio general

Distribución de espacios gratuitos en medios públicos en las elecciones generales y locales parciales de 2015

Título oficial: sobre distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de comunicación de titularidad pública y delegación de competencias en las Juntas Electorales Provinciales en relación con las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado y con las elecciones locales parciales, que se celebrarán el 20 de diciembre de 2015

Resumen

Regula la distribución de los espacios gratuitos en los medios públicos para las elecciones generales y las locales parciales de 20 de diciembre de 2015. La JEC distribuye los de la programación nacional de los medios estatales conforme a los resultados de las anteriores elecciones al Congreso de los Diputados y a propuesta de la Comisión del artículo 65.2 de la LOREG, integrada por un representante de cada formación concurrente con representación en el Congreso. Delega en las Juntas Electorales Provinciales y en las de Ceuta y Melilla la distribución en las programaciones regionales de los medios estatales y en otros medios públicos de ámbito similar, atendiendo a los resultados de las precedentes elecciones al Congreso en el ámbito de difusión del medio; si la programación supera el ámbito provincial, es competente la Junta Provincial donde radique el medio o el centro emisor. Las formaciones que concurran a las elecciones locales parciales tienen derecho a espacios en las programaciones locales, conforme a los artículos 63 a 65 y 188 de la LOREG, cuya distribución también se delega en las Juntas Provinciales.

Epígrafe
§ 11.1 Espacios gratuitos: derecho y criterios de distribución
Sesión
2015-11-11
BOE
BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2015
Expediente
210/17
Figura como acuerdo
460/2015

También afecta a: § 11.2 · § 6.3

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