Instrucción 8/2019, de 25 de abril de 2019

InstrucciónCriterio general

Distribución de espacios gratuitos en medios públicos en las elecciones locales, autonómicas y europeas de 2019

Título oficial: sobre distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en medios de comunicación de titularidad pública y delegación de competencias en las Juntas Electorales Provinciales en las elecciones locales, autonómicas y al Parlamento Europeo de 26 de mayo de 2019

Resumen

Fija los criterios de distribución de los espacios gratuitos de propaganda en los medios públicos ante la coincidencia de las elecciones locales, autonómicas y al Parlamento Europeo de 26 de mayo de 2019. La JEC distribuye los de la programación nacional de los medios estatales, en una sola banda, conforme a los resultados de las anteriores elecciones municipales y a propuesta de la Comisión del artículo 65.2 de la LOREG, integrada por un representante de cada formación concurrente a las municipales con representación en el Congreso de los Diputados; las entidades que solo concurran a las europeas, o sin candidaturas municipales suficientes, tienen derecho a espacios con el alcance del artículo 64.1.a), salvo que las integren entidades con derecho por las municipales. Delega en las Juntas Electorales Provinciales la distribución en los medios autonómicos y programaciones regionales donde no hay elecciones autonómicas y, en todas ellas y en las de Ceuta y Melilla, en las emisoras municipales; donde hay elecciones autonómicas distribuye la Junta Electoral de Comunidad Autónoma, en dos bloques.

Epígrafe
§ 11.1 Espacios gratuitos: derecho y criterios de distribución
Sesión
2019-04-25
BOE
BOE núm. 101, de 27 de abril de 2019
Expediente
293/992
Figura como acuerdo
253/2019

También afecta a: § 11.2 · § 6.2

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