Artículo 76. Competencias de los organismos públicos en relación con los bienes adscritos.
Artículo 76. Competencias de los organismos públicos en relación con los bienes adscritos.
Respecto a los bienes y derechos que tengan adscritos, corresponde a los organismos públicos el ejercicio de las competencias demaniales, así como la vigilancia, protección jurídica, defensa, administración, conservación, mantenimiento y demás actuaciones que requiera el correcto uso y utilización de los mismos.
Cómo citar
Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, Artículo 76. Competencias de los organismos públicos en relación con los bienes adscritos. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2003-20254). Recuperado de Legislación consolidada (Observatorio del Derecho Penal Administrativo), https://www.sorianoipiqueras.com/derechopenaladministrativo/utilidades/legislacion/ley-33-2003-patrimonio-administraciones-publicas/texto/a76/.