Artículo 8. Ejercicio de acciones judiciales por la Hacienda Pública estatal.
Artículo 8. Ejercicio de acciones judiciales por la Hacienda Pública estatal.
La Hacienda Pública estatal podrá ejercitar cualesquiera acciones judiciales que sean precisas para la mejor defensa de sus derechos.
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.
Cómo citar
Ley General Presupuestaria, Artículo 8. Ejercicio de acciones judiciales por la Hacienda Pública estatal. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2003-21614). Recuperado de Legislación consolidada (Observatorio del Derecho Penal Administrativo), https://www.sorianoipiqueras.com/derechopenaladministrativo/utilidades/legislacion/ley-general-presupuestaria/texto/a8/.