Ley General Presupuestaria
Ley 47/2003 · Artículo 91

Artículo 91. Funciones del Tesoro Público.

Versión 2 de 2 · Texto vigente · publicada el 31 de diciembre de 2020 · en vigor desde el 1 de enero de 2021

Esta versión procede de Ley 11/2020, de 30 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 18 preceptos afectados en esa reforma · Ver en el BOE
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Artículo 91. Funciones del Tesoro Público.
Son funciones encomendadas al Tesoro Público:
a) Pagar las obligaciones del Estado y recaudar sus derechos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.
b) Servir el principio de unidad de caja mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.
b bis) Gestionar los recursos financieros que integran el Tesoro Público mediante la concertación de las operaciones financieras activas o pasivas necesarias para asegurar la eficiencia de dichos recursos.
c) Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones del Estado.
d) Contribuir al buen funcionamiento del sistema financiero nacional.
e) Emitir, contraer y gestionar la Deuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.
e) Emitir, contraer y gestionar la Deudadeuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.
f) Responder de los avales contraídos por el Estado según las disposiciones de esta ley.
g) Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

Artículo 91. Funciones del Tesoro Público.

Son funciones encomendadas al Tesoro Público:

a) Pagar las obligaciones del Estado y recaudar sus derechos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.

b) Servir el principio de unidad de caja mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.

b bis) Gestionar los recursos financieros que integran el Tesoro Público mediante la concertación de las operaciones financieras activas o pasivas necesarias para asegurar la eficiencia de dichos recursos.

c) Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones del Estado.

d) Contribuir al buen funcionamiento del sistema financiero nacional.

e) Emitir, contraer y gestionar la deuda del Estado y ejecutar las operaciones financieras relativas a la misma.

f) Responder de los avales contraídos por el Estado según las disposiciones de esta ley.

g) Realizar las demás que se deriven o relacionen con las anteriormente enumeradas.

Notas del BOE

Se modifica por la disposición final 17.9 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17339#df-18

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley General Presupuestaria, Artículo 91. Funciones del Tesoro Público. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2003-21614). Recuperado de Legislación consolidada (Observatorio del Derecho Penal Administrativo), https://www.sorianoipiqueras.com/derechopenaladministrativo/utilidades/legislacion/ley-general-presupuestaria/texto/a91/.