Ley Orgánica sobre financiación de los partidos políticos
LO 8/2007 · Artículo 1

Artículo 1. Ámbito de aplicación de la Ley.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 6 de julio de 2007

Artículo 1. Ámbito de aplicación de la Ley.

La financiación de los partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores se ajustará a lo dispuesto en la presente Ley Orgánica.

A los efectos de esta Ley la expresión «partido político» comprenderá, en su caso, al conjunto de entidades mencionadas anteriormente.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley Orgánica sobre financiación de los partidos políticos, Artículo 1. Ámbito de aplicación de la Ley. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2007-13022). Recuperado de Legislación consolidada (Observatorio del Derecho Penal Administrativo), https://www.sorianoipiqueras.com/derechopenaladministrativo/utilidades/legislacion/ley-organica-financiacion-partidos-politicos/texto/a1/.