Artículo 93. Construcciones sobre la superficie del área delimitada.
Artículo 93. Construcciones sobre la superficie del área delimitada.
Sobre la superficie comprendida en el área delimitada a efectos expropiatorios no se podrá realizar ninguna construcción ni modificar las existentes, excepto en casos concretos y excepcionales, previa autorización expresa del organismo expropiante que, si no es el ayuntamiento, lo comunicará a este a efectos de la concesión de la oportuna licencia.
Cómo citar
Ley de urbanismo de las Illes Balears, Artículo 93. Construcciones sobre la superficie del área delimitada. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2018-806). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/es_es/aplicaciones/radar/ley-12-2017-urbanismo-illes-balears/texto/a9-5/.
