Artículo 23. Actividades vinculadas a los usos complementarios de la explotación tradicional.
Esta versión procede de
Ley 12/2014, de 16 de diciembre agraria de las Illes Balears
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Artículo 23. Actividades vinculadas a los usos complementarios de la explotación tradicional.
(Derogado).
Artículo 23. Actividades vinculadas a los usos complementarios de la explotación tradicional.
(Derogado).
Notas del BOE
Se deroga por la disposición derogatoria única.a) de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-951.
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.
Cómo citar
Ley del Suelo Rústico de las Illes Balears, Artículo 23. Actividades vinculadas a los usos complementarios de la explotación tradicional. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-1997-18197). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/es_es/aplicaciones/radar/ley-6-1997-suelo-rustico-illes-balears/texto/a23/.
