Ley de Arrendamientos Urbanos
Ley 29/1994 · Artículo 39

Artículo 39. Infracciones.

Versión 5 de 5 · Texto vigente · publicada el 7 de octubre de 2026 · en vigor desde el 8 de octubre de 2026

Anterior · versión 4 · en vigor desde 02.10.2026Nueva · versión 5 · en vigor desde 08.10.2026
Artículo 39. Procedimiento.
Artículo 39. ProcedimientoInfracciones.
(Derogado)
Constituyen infracciones que se clasificarán en muy graves, graves y leves los actos y conductas a las que se refieren los artículos siguientes.

Artículo 39. Infracciones.

Constituyen infracciones que se clasificarán en muy graves, graves y leves los actos y conductas a las que se refieren los artículos siguientes.

Notas del BOE

Se añade por el art. 3.20 del Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre. Ref. BOE-A-2026-20823#a3

Se deja sin efecto la adición de este artículo por Resolución de 2 de octubre de 2026 que publica el Acuerdo del Congreso de los Diputados por el que se deroga el Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre. Ref. BOE-A-2026-20526

Se añade por el art. 3.20 del Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre. Ref. BOE-A-2026-20266#a3

Se deroga por la disposición derogatoria única.2.6 de la Ley 1/2000, de 7 de enero. Ref. BOE-A-2000-323

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de Arrendamientos Urbanos, Artículo 39. Infracciones. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-1994-26003). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/es_es/aplicaciones/radar/ley-de-arrendamientos-urbanos/texto/a39/.