Materia 12 · Contratación pública

arbitraje arbitrato (art. 213)

ES

Sometimiento de las controversias a árbitros, posible sólo con autorización del Consejo de Ministros para las Administraciones públicas (art. 7.3 LGP) y libremente para las demás entidades del sector público; en la práctica, excepcional.

IT

Le controversie su diritti soggettivi derivanti dall'esecuzione dei contratti pubblici possono essere deferite ad arbitri, previa autorizzazione motivata, con collegio presieduto da un esperto designato dalla Camera arbitrale presso l'ANAC; art. 213 d.lgs. 36/2023.

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«arbitraje», en Diccionario español-italiano de términos de derecho público y urbanismo, Soriano i Piqueras Abogados, Madrid, 2026, disponible en https://www.sorianoipiqueras.com/es_es/publicaciones/diccionario-espanol-italiano/termino/arbitraje/.

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