Credencial de concejal a candidato de partido con actividades suspendidas judicialmente
Resulta imposible expedir la credencial de concejal al candidato llamado a cubrir la vacante producida por fallecimiento en el Ayuntamiento de Villabona, por figurar en la lista de un partido político que tiene suspendidas sus actividades en virtud del Auto del Juzgado Central de Instrucción número Cinco de Madrid de 14 de marzo de 2008. El Tribunal Supremo estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el candidato contra este acuerdo (STS 7906/2011, de 7 de noviembre).
También afecta a: § 23.3