Exclusión de una coalición sin representación del debate electoral de la televisión autonómica
Desestima el recurso de Andaluces Levantaos Coalición contra su exclusión del debate organizado por RTVA: la Administración electoral no dirige la cobertura de los medios públicos ni aprueba sus planes, sino que se limita a examinar si sus decisiones respetan los principios del artículo 66 de la LOREG, y corresponde al medio decidir si realiza debates. En los casos excepcionales sin fácil acomodo en la Instrucción 4/2011 prima el pluralismo político (Acuerdos 328/2019 y 408/2019), y la inclusión de la coalición Adelante Andalucía-Andalucistas, que tampoco tiene representación ni es grupo político significativo, se apoya en criterios objetivos: su cabeza de lista fue diputada en la anterior legislatura, siete diputados de esa legislatura figuran en sus listas y dos de sus formaciones concurrieron en una coalición que obtuvo representación, habiéndose además compensado al resto de formaciones. La recurrente no invoca circunstancias semejantes y sus dos formaciones presentes en 2018 obtuvieron un 0,64% de los votos válidos.