Designación de la Comisión de Radio y Televisión para las elecciones a Cortes Generales de 2004
Trámite: a la vista de las designaciones válidamente realizadas por las entidades políticas, se designa la Comisión de Radio y Televisión a la que, conforme al artículo 65 de la LOREG, corresponde efectuar bajo la dirección de la JEC la propuesta de distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral de ámbito estatal en los medios de titularidad pública, se nombra previo sorteo a su Presidente y se fija la fecha de su constitución.