Acuerdo 113/1992, de 21 de diciembre de 1992

AcuerdoCriterio general

Pérdida del derecho de acceso al cargo de concejal tras la renuncia anticipada

Resumen

Una vez que la Administración electoral ha tomado razón de la renuncia anticipada a ocupar el cargo de concejal, se pierde el derecho de acceso al cargo al que se ha renunciado.

Epígrafe
§ 23.2 Renuncia anticipada de los candidatos llamados a cubrir la vacante
Sesión
1992-12-21
Expediente
000/92122117

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