Acuerdo 12/2019, de 23 de enero de 2019

AcuerdoCaso concreto

Composición de la comisión gestora de una parroquia rural asturiana

Resumen

Vacantes la Alcaldía Pedánea y los otros dos miembros de la Junta Vecinal de la Parroquia Rural de Busmente, Herías y La Muria (Villayón), la comisión gestora debe integrarse por tres miembros, conforme al artículo 4 en relación con el 1.2 del Real Decreto 608/1988; atendiendo a los resultados de las últimas elecciones municipales en la mesa correspondiente a la entidad, los vocales deben ser designados por el Gobierno del Principado de Asturias a propuesta del Partido Popular.

Epígrafe
§ 24.8 Comisiones y vocales gestores en entidades locales menores
Sesión
2019-01-23
Expediente
359/308

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