Apoyo del Presidente del Gobierno a un candidato en rueda de prensa durante un viaje oficial
Estima la denuncia de Esquerra Republicana de Catalunya y declara que las manifestaciones del Presidente del Gobierno en la rueda de prensa celebrada en Doha con motivo de un viaje oficial, en las que apoyó explícitamente a un candidato a las elecciones al Parlamento de Cataluña, vulneraron presuntamente el artículo 50.2 de la LOREG y el deber de neutralidad política derivado del artículo 103.1 de la Constitución: un cargo público puede ejercer su libertad de expresión y apoyar a un candidato, pero no prevaliéndose de los medios públicos de que dispone por razón de su cargo, en actos institucionales organizados o financiados por los poderes públicos. La JEC es competente por tratarse de declaraciones hechas fuera del territorio nacional y reflejadas en medios de ámbito nacional y redes sociales. Le insta a abstenerse de actuaciones similares durante el resto del periodo electoral e incoa expediente sancionador (artículo 153.1 de la LOREG), teniendo en cuenta que ya había sido advertido y sancionado en ocasiones anteriores.
También afecta a: § 19.1