Acuerdo 125/2018, de 12 de diciembre de 2018

AcuerdoCaso concreto

Campaña municipal con medios públicos denunciada antes de la convocatoria electoral

Resumen

La JEC no es competente respecto de los actos de propaganda electoral que puedan realizarse antes de la convocatoria de un proceso electoral, criterio reiterado (Acuerdos de 7 de febrero y 22 de marzo de 2007, 25 de marzo de 2015 y 23 de mayo de 2018, entre otros) con el que responde a la denuncia contra el Gobierno del Ayuntamiento de Madrid por una campaña realizada con medios y presupuesto municipales cuyas imágenes o expresiones coincidirían con las de la plataforma electoral de la alcaldesa.

Epígrafe
§ 10.2 Campañas de logros y publicidad institucional
Sesión
2018-12-12
Expediente
293/807

También afecta a: § 9.1 · § 1.2

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