Acuerdo 13/1997, de 29 de enero de 1997

AcuerdoCriterio general

Cobertura de una vacante de concejal por quien renunció anteriormente al cargo

Resumen

La vacante producida por la renuncia de un concejal ha de ser cubierta por el candidato siguiente que corresponda, sin que pueda recuperar el cargo quien en su día renunció a él.

Epígrafe
§ 23.1 Renuncia al cargo de concejal
Sesión
1997-01-29
Expediente
351/495

También afecta a: § 23.3

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