Acuerdo 138/2026, de 19 de enero de 2026

AcuerdoCaso concreto

Terminación del procedimiento sancionador por pago voluntario de la multa

Resumen

Toma conocimiento del pago a los efectos del artículo 85.2 de la Ley 39/2015 y del punto 5º del acuerdo de incoación de 19 de diciembre de 2025 y, en consecuencia, considera concluido el procedimiento sancionador seguido contra el Presidente del Gobierno por sus declaraciones en la comparecencia de 15 de diciembre de 2025 en La Moncloa para presentar el informe «Cumpliendo». Con voto particular, que sostiene que el pago voluntario no exime de dictar resolución expresa y motivada con el contenido del artículo 90 de la Ley 39/2015, con cita de la STS 1260/2022, de 6 de octubre.

Epígrafe
§ 19.1 Potestad sancionadora: competencia y procedimiento
Sesión
2026-01-19
Expediente
360/360

También afecta a: § 10.4

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →