Accesibilidad de un colegio electoral para personas con discapacidad
Trámite: se remite al reclamante el informe de la Oficina del Censo Electoral según el cual el colegio electoral al que se refiere reúne las condiciones necesarias para el ejercicio del derecho de voto, al no tener ninguna barrera arquitectónica que lo inhabilite.
También afecta a: § 4.2