Comparecencia de un miembro del Gobierno ante una comisión del Senado durante la campaña electoral
Deniega la solicitud de que se inste la desconvocatoria de la comparecencia de la Vicepresidenta del Gobierno ante una comisión conjunta del Senado para informar sobre las medidas aprobadas al amparo del artículo 155 de la Constitución: los procesos electorales no interrumpen el funcionamiento normal de los órganos constitucionales, que pueden seguir ejerciendo las funciones que tienen conferidas; recabar comparecencias entra en la autonomía parlamentaria del Senado, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2017 impone al Gobierno el deber de darle cuenta de la aplicación de esas medidas; además, la JEC carece de competencia para ordenar la desconvocatoria de una comisión parlamentaria convocada reglamentariamente.
También afecta a: § 1.2