Designación de la Comisión de Radio y Televisión en las elecciones generales de 2000
Trámite: a la vista de las designaciones realizadas por las entidades políticas, se designa la Comisión de Radio y Televisión a la que, conforme al artículo 65 de la LOREG y bajo la dirección de la JEC, corresponde proponer la distribución de los espacios gratuitos de propaganda electoral de ámbito estatal en los medios de titularidad pública, y se nombra por sorteo a su Presidente.