Acuerdo 148/2021, de 25 de febrero de 2021

AcuerdoCaso concreto

Certificación de la participación de un funcionario policial como candidato o apoderado

Resumen

No cabe atender la solicitud del instructor de un expediente disciplinario de la Dirección General de Policía por su falta de concreción: los apoderados se comunican a cada Junta Electoral de Zona, que es la que posee esos datos, por lo que debe concretarse el proceso electoral y la Junta de Zona de que se trate. Las candidaturas se publican en el BOE (elecciones al Parlamento Europeo y generales), en el diario oficial de la comunidad autónoma (autonómicas) y en el Boletín Oficial de la Provincia (locales).

Epígrafe
§ 15.1 Nombramiento y acreditación
Sesión
2021-02-25
Expediente
369/8

También afecta a: § 8.6 · § 17.8

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