Junta competente y cauce para denunciar irregularidades en candidaturas
Las irregularidades en las candidaturas presentadas deben denunciarse ante la Junta Electoral de Zona correspondiente, y la impugnación de las candidaturas ha de hacerse en los plazos y en la forma previstos en el artículo 49 de la LOREG.
También afecta a: § 8.6