Cese de vocales de juntas vecinales por decisión del representante de la candidatura
La sustitución de los vocales de las Juntas Vecinales de las entidades locales menores solamente cabe en los casos de fallecimiento, renuncia, incapacitación e inhabilitación por sentencia judicial, según criterio reiterado, lo que se responde a la consulta sobre su posible cese por decisión del representante de la candidatura que los designó.