Delegación en Juntas Provinciales de la distribución de espacios gratuitos, elecciones europeas 1994
Instrucción de 16 de mayo de 1994 por la que la JEC, al amparo del artículo 65.5 de la LOREG, delega en las Juntas Electorales Provinciales, a los efectos de las elecciones al Parlamento Europeo convocadas por el Real Decreto 646/1994, la distribución de los espacios gratuitos de propaganda electoral en las programaciones regionales y locales de los medios de comunicación de titularidad estatal y de los demás medios públicos de ámbito similar, con excepción de las emisoras municipales de radiodifusión sonora. Si la programación del medio es de ámbito superior al provincial, la delegación se entiende hecha en la Junta Electoral Provincial en cuyo territorio radique el medio o centro emisor, salvo en Andalucía, donde se celebran simultáneamente elecciones autonómicas y la delegación para los medios o programaciones de ámbito superior al provincial se entiende hecha en la Junta Electoral de Andalucía. Se ordena su publicación en el BOE.
También afecta a: § 6.2