Acuerdo 163/1997, de 23 de enero de 1998

AcuerdoCaso concreto

Cobertura de vacante de vocal de junta vecinal por nombramiento como presidente

Resumen

La vacante de vocal de la Junta Vecinal producida por el nombramiento de su titular como Presidente de la misma se cubre por designación de la JEC a propuesta de la representante general del Partido Popular, que debe proponer a una persona vecina de la entidad local menor.

Epígrafe
§ 24.7 Vocales de juntas vecinales: vacantes y sustitución
Sesión
1998-01-23
Expediente
351/579

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →